Resumen | |
[J] | Despido nulo. Vulneración de la garantía de indemnidad. Trabajadora con contratos temporales prorrogados que ve extinguido su contrato en represalia por haber reclamado que la relación laboral era indefinida con la CCAA-Madrid.(publicado en Actualidad Diaria 2484 el 7 de octubre de 2013) |
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La cuestión controvertida en el recurso de casación unificadora aquí objeto de enjuiciamiento consiste en determinar si ha existido vulneración de la garantía de indemnidad, en un supuesto de contratación temporal de trabajadora con prestación de servicios no asociada al objeto del contrato, que es cesada tras haber reclamado ante la Administración la relación laboral indefinida.La demandante ha venido prestando servicios para la demandada --COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID-- en la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, Dirección General de Coordinación de Dependencia, desde el día 15-10-2008 con contrato eventual por circunstancias de la producción que se extinguió el día 14-4-2009 y posteriormente mediante un contrato para servicio determinado concertado el día 25-5-2009, con la categoría profesional de Titulado Medio (Trabajador Social), con el objeto de tratar las solicitudes de residencias y centros, para la confección de una lista única de acceso a los servicios de la Consejería y la elaboración para cada solicitante de un programa individual de atención, todo ello en relación con solicitudes efectuadas con anterioridad a la entrada en vigor de la Orden 2386 de 17 de diciembre de 2008. La actora interpuso reclamación previa el 12 de noviembre de 2010 solicitando se reconociera el carácter indefinido de su relación y el 22 de noviembre de 2010 la Administración demandada le comunicó, por escrito notificado el 25, que el 31 de diciembre siguiente se extinguiría el contrato por obra o servicio determinado. La sentencia del Juzgado estimó la demanda y declaró nulo el despido. La Sala de Suplicación, desestima el de la Comunidad de Madrid, y en sintonía con decisiones anteriores, considera ilícito el primer contrato suscrito al haberse omitido la exigencia de identificar el trabajo a realizar, por lo que la relación devino en indefinida, y declara nulo el despido al entender vulnerada la garantía de indemnidad, entendiendo que el despido obedeció a la reclamación de la actora interesando el carácter indefinido de la relación. Recurre la Administración demandada en casación para la unificación de doctrina. El Supremo desestima el recurso. | |
Información relacionada | |
[J] Contratación temporal. Nulidad del despido por vulneración de la garantía de indemnidad e improcedencia por defectuosa consignación del objeto contractual. | |
[J] Despido nulo. Vulneración de la garantía de indemnidad. Trabajadora de la Comunidad de madrid con contratación temporal y que es cesada tras reclamar laboralidad indefinida. | |
[J] La extinción de contrato temporal en la Xunta de Galiacia por finalización de las consignaciones presupuestarias para funciones distintas es nula. | |
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